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Declaración de Renta y Patrimonio 2017

De nuevo, un año más, toca cumplir con la obligación anual de la declaración de RENTA. Le recordamos que MOLL ASESORES ya ha iniciado la Campaña de Renta y Patrimonio de 2017, que arrancó el pasado 4 de Abril y que finaliza el próximo 2 de Julio de 2018.

Como novedad este año, la Agencia tributaria solicita la fecha de caducidad del DNI para poder obtener los datos fiscales. Si desea que, como otros años, le confeccionemos la declaración de Renta, rogamos nos facilite a la mayor brevedad posible este dato, prepare toda la documentación correspondiente al ejercicio 2017 y nos llame para solicitar cita previa en nuestra oficina, con el fin de poder ofrecerle el mejor servicio posible.

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A continuación le recordamos los plazos

  1. Rentas con resultado a devolver: Desde el 4 de Abril hasta el 2 de Julio de 2018.
  2. Rentas con resultado a ingresar: Desde el 4 de Abril hasta el 27 de Junio de 2018 ( si que quiere domiciliar el ingreso). Si domiciliación bancaria se puede hacer la presentación de la declaración hasta el 2 de Julio mediante NRC facilitado por una entidad bancaria.

Recuerde que tiene la posibilidad de fraccionar el pago: 60% en el momento de presentar la declaración (2 de Julio) y el 40% restante para el 5 de Noviembre de 2018.

El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) será también el comprendido entre los días 4 de Abril y 2 de Julio de 2018, excepto en el caso de domiciliación bancaria (27 de Junio). Recuerde que es obligatoria la presentación por vía electrónica para los contribuyentes obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio.

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En este ejercicio 2017 deberemos tener en cuenta, entre otras, las siguientes novedades:

  • La transmisión de derechos de suscripción procedentes de los valores cotizados tendrá la calificación fiscal de ganancia patrimonial en el IRPF para el transmitente en el período impositivo en que se realice la transmisión.
  • Tributación de las operaciones derivadas de la resolución del Banco Popular Español, S.A. [Ampliar información]
  • Límites para la aplicación del método de estimación objetiva (“módulos”).
  • Límite de compensación entre pérdidas patrimoniales y rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro (en caso  de pérdidas o rendimientos negativos se pueden compensar  con el saldo positivo de rendimientos o ganancias, con el límite del 20%. Este límite volverá a incrementarse en 2018, y quedará fijado en el 25% a partir de ese momento).
  • Gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal que no constituyen retribución en especie: con efectos retroactivos desde el 01-01-2017, se determina que no tendrá la consideración de renta del trabajo en especie la formación recibida por los trabajadores cuando sea un tercero el que financie la realización de los estudios, siempre que el empleador autorice tal participación.
  • Mínimo familiar por descendientes: con efectos retroactivos desde el 01-01-2017, se extiende el mínimo familiar por descendientes a quienes tengan atribuida por resolución judicial su guardia y custodia.
  • Novedades en el Impuesto sobre Sociedades aplicables a los empresarios y profesionales en estimación directa.
  • Tratamiento en el IRPF de la devolución de las cláusulas suelo. [Ampliar informacion]
  • Se prorroga el restablecimiento del Impuesto sobre el Patrimonio también a 2017. No obstante habrá que tener en cuenta la potestad normativa de las Comunidades Autónomas, que tienen sus propias bonificaciones y escalas de gravamen. Consultar mínimos Comunitat Valenciana

Recuerde también revisar si corresponde aplicar alguno de los beneficios fiscales (deducciones autonómicas) en la cuota del impuesto aplicables a los residentes en la Comunidad Valenciana. [Consultar deducciones autonómicas Valencia].

Descargar (PDF, 4.22MB)

Recuerde también si tiene actividades agrícolas que tributan en régimen de estimación objetiva (módulos) , revisar los índices aplicables por diversas circunstancias excepcionales que todos los años pública la Agencia Tributaria.

Descargar (PDF, 1.68MB)

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