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Prestación extraordinada por cese de actividad de AUTONOMOS (COVID-19)

Las mutuas ya están poniendo a disposición de todos autonomos los procedimientos para empezar los tramites de solicitud de la prestación por cese de actividad de los autonomos.

Los requsitos para acceder a la prestación son:

  1.  Estar de alta en el Regimen especial de trabajadores autonomos.
  2. Acreditar la reducción de la facturación, cuando ese sea el motivo de la suspensión de la actividad en los casos en que la actividad no se haya visto obligada a cerrar por el Real Decreto 463/2020 de 14 de Marzo y su posterior modificacion en el Real Decreto 465/2020 de 17 de Marzo.
  3. Encontrarse al corriente del pago en sus cotizaciones, siendo de aplicación el mecanismo de invigtación al pago de la deuda en el plazo de 30 días naturales.

La documentación necesaria para hacer el tramite con cada una de las mutuas es la siguiente:

  1. Fotocopia del Documento de Identidad (DNI/NIE) por ambas caras.
  2. Fotocopias de los últimos 3 boletines de cotización.
  3. Modelo 145 de comunicación de datos al pagar.
  4. Impreso cumplimentado de cada una de las mutuas.

NOTA: La Mayoria de las Mutuas han actualizado sus procedimientos y solo es necesario enviar el impreso cumplimentado y una fotocopia del DNI. Consulte con su mutua.

La dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha emitido una nota aclaratoria sobre el criterio a aplicar en la prestación por cese de actividad de los autonomos [CONSULTAR CRITERIO 5/20]

A continuación dejamos enlaces al procedimiento e impresos de varias de las mutuas más relevantes:

Cualquier aclaración o duda que pueda tener con respecto al trámite no dude en ponerse en contacto con este despacho.

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